Motivos para la huelga en Bridgestone Hispania

Actualizacion: Los sindicatos UGT y BUB, suspenden la huelga ante la propuesta de negociación de la empresa para el martes 30 de enero. USO-SITB suspende la Huelga sólo el lunes y martes. 

Los sindicatos UGT, USO-SITB y BUB han convocado una semana de huelga desde el 29 de enero hasta el 4 de febrero en las tres factorías de Bridgestone Hispania. Pretenden seguir negociando un convenio que no amplíe las horas de trabajo en las factorías, garantice el poder adquisitivo asociado al IPC real, desde el 2010 no se implementa el IPC real, reduzca la temporalidad, y asuma el reconocimiento de la antigüedad en cantidad y tiempo.

Esta jornada de huelga viene precedida de 4 años de congelación salarial, reducción del plus de fines de semana, nocturnidad y festivos (7%), y reducción de la aportación empresarial en un 50% al plan de pensiones de los empleados. Al acto de conciliación para evitar la huelga no se ha presentado el representante de la empresa.

Noviembre 2012. Manifestación por la Calle Vitoria

Tras casi dos años de negociaciones, los trabajadores de Bridgestone Hispania siguen sin renovar el convenio colectivo que finalizaba en 2015. La conflictividad laboral entre empresa y sindicatos se remonta años atrás. En 2012, todos los sindicatos se unían en manifestación por la calle Vitoria para exigir el mantenimiento de los puestos de trabajo y el fin de las externalizacion de servicios y procesos de la empresa dentro de la fábrica. A comienzos del año pasado, la empresa impusó el 4TR ampliando en 3 días la jornada anual. UGT y CCOO terminaron pactado, ante el caos organizativo, un nuevo calendario con la empresa, incluyendo las tres jornadas en liza. Algunos trabajadores todavía no hay cobrado los 5 días de salario ganados tras sentencia del Tribunal Supremo contra la fábrica de neumáticos a principios de 2017.

El chantaje vertido en mayo de 2017 en los medios de la patronal condicionando las inversiones en la factoría y que sigue utilizando ante la Audiencia Nacional, ha servido a los 4 representantes de CCOO en el comité Intercentros para firmar un convenio de eficacia limitada y extra estatutario. Un acuerdo civil que establece la relación entre empleado y empleador fuera del Estatuto de los Trabajadores. Individualiza la relación con la empresa y añade un adenda o anexo al contrato de trabajo. La empresa dio de plazo hasta el 28-12-2017 para desligarse del acuerdo extra estatutario firmado sólo con CCOO.

El acuerdo ha sido recurrido a la Audiencia Nacional que la semana pasada dictaba sentencia dos días después de la vista en la sala de lo social. Desestima la vulneración del derecho a la libertad sindical y de igualdad entre trabajadores del acuerdo firmado por CCOO, y acepta el contrato civil incluyendo la formula de la adhesión expresa negativa. La sentencia recuerda que: “los convenios extra-estatutarios carecen de una regulación legal propia y se rigen directamente por el art. 37.1 de la CE EDL 1978/3879 y por las normas que el Código Civil dedica a los contratos (STS-4ª de 2 de Febrero EDJ 1994/795 y 21 de Junio de 1994 EDJ 1994/5525 ), en concreto sus artículos 1091 EDL 1889/1 y 1254 a 1258 EDL 1889/1 (STS-4ª de 14 de Diciembre de 1996 EDJ 1996/10147)”.

Es decir, el trabajador o el sindicato en su nombre debía presentar la renuncia expresa a regirse por el acuerdo de eficacia limitada y no al contrario. Esto supuso que de los 2786 empleados de la empresa el 56%, no firmaron la renuncia al acuerdo extra estatutario. Según los datos presentados por la empresa, 1584 trabajadores, incluyendo dirección, firmaron unirse al acuerdo extra estatutario de CCOO. 1202 personas seguirán rigiéndose por el anterior convenio. El acuerdo extra estatutario supone una jornada laboral abierta a 5 o 8 días de ampliación. La subida salarial queda desvinculada del IPC.

Bridgestone ha obtenido unos beneficios netos de 1500 millones de € hasta septiembre de 2017 y espera llegar a los 2000 millones a finales de año, gracias a un aumento en las ventas de un 9%. Fernando del Cerro es el nuevo director de la fábrica burgalesa tras su traslado desde la sede en Hungría. Ha llegado para invertir 100 millones de € en tres años y producir 33.000 ruedas diarias en 2022.

Bridgestone Hispania tiene su sede social en Basauri y en Avd/ de la Paz nº, 2 la sede burgalesa. Convertida en sociedad unipersonal el 11 de julio de 2017, B. H. depende y factura en exclusiva a la empresa Bridgestone Europa Nv, con sede en Bruselas y propietaria de las tres fábricas en España. Desde que la empresa Japonesa comprara el 75% de la Americana Firestone en 1988, los designios de nuestra fábrica de Burgos, abierta en 1967, dependen de la multinacional Japonesa.

El acuerdo extra estatutario negociado por CCOO y la empresa según han declarado en sede judicial queda de la siguiente manera.

  1. Vigencia 2016 a 2019.
  2. Incremento salarial:

2016 (0,75% de incremento).            2017 (1% de incremento).-

2018 (1,25% de incremento).             2019 (1,50% de incremento).

  1. Prejubilaciones:

2017: trabajadores con 63 años, 62 años y 61 años y 5 meses de edad.

2018: trabajadores con 61 años y 6 meses de edad.

2019: trabajadores con 61 años y 8 meses de edad a 30 de junio de 2019.

Para los que cumplan 61 años y 8 meses se valorará la opción de prejubilación a aplicar. Para los trabajadores con 63 años de edad (17 personas) que decidan acogerse voluntariamente a la jubilación la empresa ofrece como ayuda 4 mensualidades.

Todas las prejubilaciones son de carácter voluntario, las personas interesadas solicitarán su intención de acogerse analizándose la situación y aceptación de dicha petición por la empresa.

     4.Contrataciones:

Posibilidad del contrato de relevo en la modalidad de 85%-15% (hasta 59 contratos de relevo) que a su finalización se convertirán en contrato indefinido durante los años 2017 y 2018.

  1. Salario nuevos ingresos:

Se elimina el salario propuesto en la última reunión (15% del nivel 5 durante los dos primeros años de contrato) manteniendo lo que existe actualmente en vigor. Se incluye la contratación temporal conforme a la legislación nacional vigente (24 meses en un periodo de 30 meses).

  1. Antigüedad:

Reactivación de la antigüedad en enero de 2018.

  1. Flexibilidad positiva:

Reducción de la flexibilidad positiva en 5 días, para el 4/3R y en 2 días para el 5/3. Mejora de las condiciones del pago de la misma, quedando 5 días pagados al 100% para el 4/3R y esa misma cantidad total es la que se pagará distribuida entre los 8 días de flexibilidad del 5/3 en base a necesidades de producción sin necesidad de constatación.

  1. Flexibilidad negativa:

20 días de flexibilidad negativa con entrada en vigor desde el año 2017 informando a la representación de los trabajadores de las causas, con el siguiente efecto:

  1. d) Del 1er al 6° día: Descuento del 75%.
  2. e) Del 7° al 13° día: Descuento del 50%.
  3. f) Del 14° al 20° día: Descuento del 25%.

En el caso de que hubiera necesidad de más días de reducción, se aplicarán expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs).

  1. Jornada:

4/3R (207 días como jornada de referencia) más posibilidad de 5 días.

4/3 (209 días como jornada de referencia).

5° T (204 días como jornada de referencia) más posibilidad de 8 días.

Posibilidad de calendario de jornada partida de día: viernes tarde libre distribuyendo las horas de lunes a jueves.

  1. Permisos retribuidos:

Equiparación de parejas de hecho a matrimonio (15 días de permiso). 1 día de permiso para la realización de las gestiones para el carnet de identidad, pasaporte y carnet de conducir.  En caso de fallecimiento de hijo/a o cónyuge se incrementarían en dos días más (pasarían de 3 a 5 días).

  1. Otros beneficios extrasalariales:

Guarderías: abono de 60 € / mes.

Ayuda a personas con discapacidad:

  1. a) Discapacidad del 33%: 60 €.
  2. b) Discapacidad superior al 33, hasta al 66%: 100 €.
  3. c) Discapacidad mayor del 66 %: 150 €

    12.Grupo profesional de producción.

Modificar el grupo profesional de producción incluyendo  conocimientos/experiencia en mantenimiento y/o formación profesional”.

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