Ecologistas en Acción presenta alegaciones contra el campo de golf en Saldaña de Burgos por considerar que la tramitación como “provisional” es una estrategia para incumplir los deberes urbanísticos.
En 2017, el juzgado contencioso administrativo ordenó suspender cautelarmente sus actividades en tanto no se obtengan las oportunas autorizaciones y licencias.
Ecologistas en Acción ha presentado alegaciones a la autorización de uso provisional de suelo urbano no consolidado solicitada para el campo de golf de Saldaña de Burgos porque considera que pretende sustraerse al sistema de planificación urbanística previa; y evitar que en ese proceso puedan surgir impedimentos que hagan imposible su aprobación, como la denegación del uso del suelo o la declaración desfavorable de la declaración de impacto ambiental.
La calificación de “provisional” que pretende “Golf Saldaña S.L.” no cabe en este tipo de proyectos ya que tiene vocación de permanencia. Simplemente se trata de una estrategia para conseguir una autorización que se pueda convertir en definitiva sin cumplir con el procedimiento que dicta la normativa ambiental y urbanística.
En este sentido ya se ha pronunciado el Tribunal Supremo en otras ocasiones, y en ello se basa Ecologistas en Acción para solicitar que sea denegada la autorización. Por ejemplo, cita el alto Tribunal que la “provisionalidad” hace referencia a la facilidad de desmontaje, no a la mera posibilidad de llevarlo a cabo. También se ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un caso similar -Sentencia TSJ Andalucía, Sala Sevilla, 2 de noviembre de 2005- en la que descarta la provisionalidad de un campo de golf y obliga a que sea incluido, antes de nada, en el planeamiento urbanístico.
Para Ecologistas en Acción, conforme a la normativa vigente el promotor del campo de golf ostenta el derecho a “promover una ordenación detallada” que no ha ejercitado y no existe causa de interés público que justifique que se rompa con el principio de la planificación urbanística.
La vía de la provisionalidad debe ajustarse a los requisitos establecidos y no utilizarse como una vía para no cumplir con los deberes derivados del uso del suelo, como puede ser la entrega al Ayuntamiento correspondiente de los terrenos reservados a dotaciones. Por este motivo la organización ecologista solicita que la autorización sea denegada y el proyecto de campo de golf se someta a todos los requisitos necesarios en cuanto a su tramitación.