Por Celine Martin
Parte del país se encuentra conmocionado. La ley española podría cambiar, admitiendo como única marca de consentimiento al acto sexual un sí expreso de la mujer. Surgen por doquier voces alarmadas de expertos y expertas en derecho: el acto sexual no es ningún contrato, es una relación personal íntima; la presunción de inocencia está siendo vulnerada; estamos ante otro anuncio populista del ejecutivo de Pedro Sánchez.
Me gustaría aclarar unos pocos puntos, desde el sentido común, o por lo menos desde el punto de vista de una prófana en derecho que viene teniendo una vida sexual desde hace unos cuantos años. Me dirijo en especial a los veinteañeros que se creen de verdad que en adelante tendrán que llevar de forma habitual en el bolsillo, junto con los condones, un formulario de aceptación en inglés (en inglés, porque los que difunden el meme en cuestión ni han sido capaces de redactar uno ellos mismos y lo han ido a pescar en el mundo anglosajón).
Un acto sexual entre chico y chica es una relación personal, posiblemente puntual, que conlleva riesgos: por ello, es aconsejable mantenerlo, tal vez no necesariamente con amor, pero al menos con confianza. Hasta ahora, los riesgos eran esencialmente: la chica se puede quedar preñada; ambos se pueden contagiar una o varias venéreas; la relación sentimental puede no ir acorde con la sexual, otorgando cada uno al acto un alcance distinto en términos de apego y compromiso. Con la nueva ley, un riesgo más vendría a sumarse a los anteriores, el que la chica denuncie al chico por violación. Con todo, que no cunda el pánico: es un riesgo bastante más remoto que los anteriores, los de toda la vida, los que no os echan para atrás a la hora de echar un kiki.
Vamos a distinguir varias situaciones posibles, en función de la existencia de confianza entre los dos actores del coito, es decir, de un entendimiento mutuo que, entre otras cosas, excluye la mala fe.
1) Con confianza. El chico no pide un sí a la chica, porque entiende, con razón, que ella quiere. Ella no dice sí. Hay coito. Ella no denuncia. Todo bien. Insisto, especialmente a la atención de los veinteañeros: este supuesto es el más habitual, y seguirá siendo el más habitual.
2) Con confianza. El chico pide un sí a la chica. Se me ocurren otras razones que la mera precaución, y otras formas que las palabras finas, ya me entendéis. Ella dice sí, en tono y ritmo variable. Hay coito. Ella no denuncia. Todo bien.
3) Con confianza. El chico pide un sí a la chica, ella no lo da (confianza no significa «ganas ilimitadas y permanentes de follar»). No hay coito ni denuncia. Todo bien.
…Ahora entramos en la zona de peligro.
4) Sin confianza. El chico pide un sí a la chica, ella lo da. Hay coito, no denuncia. Todo bien.
5) Sin confianza. El chico pide un sí a la chica, ella no lo da. No hay coito ni denuncia. Todo bien.
6) Sin confianza. El chico no pide el sí pero se produce el coito. Ay. Con suerte, ella estaba de acuerdo y no tiene más consecuencias. Pero… ¿y si no? Pues en ese caso, sí, puede haber denuncia por violación. Porque si ella NO quería mantener sexo, aunque no dijo expresamente que no, ello fue, técnicamente, una violación.
Allí está el interés de la nueva ley, que plasma en derecho una realidad. Por razones que se han expuesto ya mil veces, una chica no siempre está en condiciones de formular ese NO, aunque todo su cuerpo, paralizado por el asco y el terror, grite que no en silencio. La nueva ley iría dirigida a todos los hombres que son incapaces de percibir ese asco, a los que son ciegos al sufrimiento ajeno si es el precio por su propio placer, y por supuesto, a todos los que pasan completamente del tema y no ven en una chica más que un sistema de orificios y bultos. Pero esos no me leen. No, lo que realmente alarma a parte de la población masculina es un séptimo supuesto, así que allá va.
7) El chico cree que hay confianza, pero no la hay. Este supuesto se divide en dos ramas, error y engaño. El primero se formula así: él no pide un sí, porque entiende, equivocado, que ella quiere. Hay coito… volvemos al supuesto 6.
Haber desarrollado capacidades de empatía adaptadas a tus ganas de follar… El segundo, en cambio, es temible: él no pide un sí, porque ella da todas las muestras de querer. Hay coito. Luego va ella Y DENUNCIA, por pura mala fe, por maldad.
Atentos, que realmente es esta hipótesis la que provoca la alarma, no las otras seis. La de una encerrona montada por una mujer malvada a un hombre ingenuo y de buena fe. Y es verdad que con la nueva ley en la mano, esta encerrona se torna más fácil de llevar a cabo. En cambio las otras encerronas, tan frecuentes, las del «sube al coche que te llevo», las del «vamos a mi despacho a discutirlo con calma» y mil otras, esas se vuelven demostrables y punibles. ¿Cuál es la situación que se puede dar con más facilidad? ¿El dar un hombre con una bruja, o el dar una mujer con un agresor, o varios a la vez? ¿Quién, estadísticamente, abusa más del género opuesto? ¿Cuál es la proporción de malos tratos de mujeres a hombres y vice versa? Sí, el supuesto 7 es posible, es real. Pero no es probable. La nueva ley no sería perfecta, pero su vocación sería proteger al mayor número de personas, no a las pocas personas (los hombres agresores) a las que se ha venido protegiendo siempre por tradición, por orden, porque siempre fue así. La ley nunca será perfecta, pero se debe mejorar. Y si se elabora con esmero, hasta puede contribuir a que todos nosotros mejoremos un poco.