- Una sentencia del TSJ del País Vasco dictamina la ilegalidad de esta actividad, por lo que aquellos enfermeros que sigan administrando vacunas sin prescripción previa, podrían incurrir en un delito
El pasado 27 de julio se hizo pública una sentencia que confirmaba la suspensión de la Instrucción del Servicio Vasco de Salud de mayo de 2016, cuyo objetivo pasaba por obligar a los enfermeros vascos a vacunar a la población sin necesidad de exigir una prescripción médica previa individualizada, una premisa contraria al Real Decreto 954/2015 que regula la prescripción enfermera.
Esta sentencia de TSJ del País Vasco implica que, actualmente, si un enfermero administra una vacuna sin que exista una prescripción previa del médico, estará vulnerando la legalidad y realizando una actividad que es competencia de otro profesional, por lo que podría estar incurriendo en un delito de intrusismo profesional.
Desde el Consejo de Colegios Profesionales de Enfermería de Castilla y León queremos hacer un llamamiento a nuestros colegiados para que sean conscientes de la gravedad de la situación, ya que la jurisprudencia actual dictamina que la aplicación de vacunas sin prescripción médica expresa no es válida, por lo que podrían derivar en responsabilidades de todo tipo en caso de seguir administrando las vacunas como hasta ahora, debido a que ninguna póliza de seguros podría cubrir esta negligencia.
Nos dirigimos, igualmente, al Consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León para hacerle partícipe de este problema y poner en su conocimiento que desde esta institución pedimos a nuestros enfermeros que dejen de administrar vacunas desde este mismo momento.
Asimismo, requerimos a la Consejería que tome cartas en el asunto y exija a los médicos que prescriban individualmente cada una de las vacunas que tendrán que administrarse a los usuarios de nuestro Sistema de Salud.
La modificación del Real Decreto de 2015 sobre Prescripción Enfermera, llevada a cabo a última hora debido a la cesión por parte del Ministerio a las presiones recibidas desde la Organización Médica Colegial, sólo ha conseguido conservar un corporativismo médico retrógrado en detrimento del buen funcionamiento del SNS, convirtiendo en ilegal una actividad que históricamente llevan realizando desde siempre las enfermeras, siendo los pacientes los máximos perjudicados.
Hasta que esta situación no cambie y se modifique la Ley, nuestros colegiados deberían de negarse a administrar vacunas que no hayan sido prescritas por profesionales médicos para evitar situaciones que provoquen su inseguridad jurídica por acción o por omisión.